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¿como enviar puros por correos sin que pierdan cualidades?

Tema en 'General' comenzado por empedernido, 1 de Agosto de 2010.

  1. empedernido

    empedernido Cadete

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    Hace un par de días, que me he registrado y he estado leyendo el foro de una forma muy entretenida, quizás por la actividad que tengo, tengo conocimientos de la ley española un poco mas exhaustivos y tengo una idea, pero antes de explicarla, me gustaría saber, si alguien sabe, como enviar puros por correos, sin que estos pierdan sus propiedades.

    Para ir al grano, ¿como envolverían como (particulares) un envío de diez puros por correo, para evitar que sufran durante el envío?

    Seguro que con esto me pilláis la idea. :D
     
  2.  
  3. Alfonso

    Alfonso Torpedo

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    Depende de la cantidad de cigarros que tengas en mente. Un truco casero es el siguiente:

    Coges una bolsa de las que se usan para el bocadillo y la pinchas repetidamente con una aguja de hacer punto, o algo similar. En esta bolsa introduces los puros y cierras bien. Vuelves a coger otra bolsa similar y le rocías un poco (sin encharcar) con agua destilada, en ella introduces la primera bolsa en la cual están los puros, y cierras.

    Luego por lo que tu preguntas, ya se trataría de escoger un envase (caja) adecuado para introducir las dos bolsas, que en realidad es una sola.

    Espero que te sirva de algo.
    Saludos.
    ::fumi2::
     
  4. empedernido

    empedernido Cadete

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    Gracias Alfonso por la respuesta, yo creo que mi idea es buena y es totalmente legal, aunque me estoy fumando un Don Julián del nº1que me han regalado y tengo que decir que es bastante mediocre y eso que no soy un experto.

    Uno de los problemas que tiene la legislación española, es que es bastante rígida y el envío de Tabaco esta grabado con fuertes impuestos ¿es verdad? ¿no?, si no cumples con la legislación vigente, te pueden sancionar por contrabando y las multas son muy sabrosas desgraciadamente.

    Es más, las oficinas de correo en España, cada día tienen más tabaco confiscado por aduanas y al que pillen le puede costar un buen disgusto, en la mayoría de las ocasiones, más por desconocimiento de la ley, que por realizar contrabando, que es normalmente por lo que te suelen multar. Pero la ley, en este caso tiene una exención ¿la conocéis?, concretamente va dirigido para el ciudadano de a pie.

    Lo pongo textualmente, Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales

    Artículo 61, sección 2 apartado b-

    #Los pequeños envíos expedidos, con carácter ocasional, desde un país tercero por un particular con destino a otro particular, sin que medie pago de ninguna clase y dentro de los siguientes límites cuantitativos:

    1. 50 cigarrillos, o
    2. 25 cigarritos, o
    3. 10 cigarros, o
    4. 50 gramos de las restantes labores.

    ¿esto no os sugiere nada? ¿a lo mejor es que el humo me esta afectando? ::granbuenpuro:: ¿que opinan?

    ¿no. solucionaría vuestros problemas, sobre todo el que habéis tenido en La Palma?
     

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